Retribuciones

RETRIBUCIONES Y ASISTENCIAS A SESIONES DE ÓRGANOS COLEGIADOS MUNICIPALES <– (clic aquí para visualizar)

RETRIBUCIONES Y DEDICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN (LEGISLATURA 2023-2027)

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2023 aprobó la modificación del régimen retributivo de los miembros de la Corporación, adoptando el siguiente acuerdo:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación:
De conformidad con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, esta entidad local establece:

  • Alcalde (sin dedicación exclusiva) 
  • 1ra. Teniente Alcalde (dedicación exclusiva) ….………………….………46.500 €
  • Seis (6) concejales/as delegados/as (dedicación exclusiva)…….36.500 €
  • Una (1) concejala delegada (dedicación exclusiva)…………………….38.500 €

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2023 aprobó la modificación del régimen retributivo de los miembros de la Corporación, adoptando el siguiente acuerdo:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación:
De conformidad con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, esta entidad local establece:

  • Alcalde (sin dedicación exclusiva) 
  • 1ra. Teniente Alcalde (dedicación exclusiva) ….………………….………46.500 €
  • Cinco (5) concejales/as delegados/as (dedicación exclusiva)….36.500 €
  • Una (1) concejala delegada (dedicación exclusiva)…………………….38.500 €

b) Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones.
Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente:

  • Pleno …………………………………………………..…..………… 290,00 €
  • Presidencia Pleno …………………………………..………… 340,00 €
  • Junta de Gobierno Local………………………..…….…… 290,00 €
  • Presidencia Junta de Gobierno Local……………… 340,00 €
  • Comisiones Informativas ………………………..……… 199,54 €
  • Consell Local Agrari ……………………………..………… 199,54 €
  • Junta de Portavoces ………………..……………………….. 65,52 €
  • Consejos Participativos …………………………………. 141,93 €
  • Consejo de Policía ………….………………………………. 180,00 €

c) Indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo.
Los miembros de las Corporaciones locales percibirán dichas indemnizaciones según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas.
Para tener derecho a percibir indemnizaciones, será necesaria la autorización expresa del presidente de la Corporación para la realización del servicio correspondiente.

Los gastos originados (locomoción, alojamiento y manutención) serán justificados documentalmente y aprobados por el presidente de la Corporación.

La indemnización por kilometraje será la misma que la aplicada al personal de la Corporación.
En cuanto al gasto por kilometraje, cuando el recorrido fuera por caminos forestales o similares que puedan suponer deterioro del vehículo utilizado, los importes anteriores se incrementarán en un 50%.

d) Asignación para los grupos políticos:
Teniendo en cuenta el artículo 27 del RD 2568/1986, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3. de la Ley 7/1985, se asigna la dotación económica siguiente a los grupos políticos:

  • Por grupo político y año ……………………….. 5.500 €
  • Por concejal y año …………………………………… 950 €

e) Vacaciones
Los miembros de la Corporación con dedicación tendrán derecho a vacaciones retribuidas en proporción a su dedicación.

f) Actualización de retribuciones
Las retribuciones y asistencias se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las retribuciones del personal del Ayuntamiento.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2023 aprobó el régimen retributivo de los miembros de la Corporación, adoptando el siguiente acuerdo:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación:
De conformidad con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, esta entidad local establece:

  • Alcalde (dedicación exclusiva) ……………………………… 56.523 €
  • 1ra. Teniente Alcalde (dedicación exclusiva) ………………41.500 €
  • Seis concejales/as delegados/as (dedicación exclusiva)….36.500 €

b) Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones.
Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente:

  • Pleno ……………………………………………………………… 290,00 €
  • Junta de Gobierno Local………………………………………… 290,00 €
  • Comisiones informativas ………………………………………… 199,54 €
  • Consell Local Agrari ……………………………………………… 199,54 €
  • Junta de Portavoces …………………………………………….. 65,52 €
  • Consejos Participativos …………………………………………. 141,93 €

c) Indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo.
Los miembros de las Corporaciones locales percibirán dichas indemnizaciones según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas.
Para tener derecho a percibir indemnizaciones, será necesaria la autorización expresa del presidente de la Corporación para la realización del servicio correspondiente.

Los gastos originados (locomoción, alojamiento y manutención) serán justificados documentalmente y aprobados por el presidente de la Corporación.

La indemnización por kilometraje será la misma que la aplicada al personal de la Corporación.
En cuanto al gasto por kilometraje, cuando el recorrido fuera por caminos forestales o similares que puedan suponer deterioro del vehículo utilizado, los importes anteriores se incrementarán en un 50%.

d) Asignación para los grupos políticos:
Teniendo en cuenta el artículo 27 del RD 2568/1986, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3. de la Ley 7/1985, se asigna la dotación económica siguiente a los grupos políticos:

  • Por grupo político y año …………………………….. 5.500 €
  • Por concejal y año …………………………………… 950 €

e) Vacaciones
Los miembros de la Corporación con dedicación tendrán derecho a vacaciones retribuidas en proporción a su dedicación.

f) Actualización de retribuciones
Las retribuciones se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las del personal del Ayuntamiento.

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RPT y Retribuciones del Personal Eventual

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2023, se adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Modificar los siguientes puestos de trabajo, de forma que queden configurados con las siguientes características:

Núm.     Denominación                                                                      Características                 Retribución bruta anual
1 PE       secretario/a Alcaldía                                               Jornada completa                 34.000,00 €
2 PE       jefe gabinete de alcaldía                                          Jornada completa                 35.900,00 €
5 PE      asesor/a asignado/a Servicios Generales     Jornada completa                 26.203,94 €

SEGUNDO. Mantener los siguientes puestos de trabajo, configurados con las siguientes características:

Núm.     Denominación                                                                      Características                 Retribución bruta anual
3 PE      Asesor/a asignado/a Servicios Generales        Jornada completa                 26.203,94 €
4 PE      Asesor/a asignado/a Servicios Generales        Jornada completa                 13.101,97 €

Se puede obtener la información en la sección de Personal Eventual.

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Mediante resolución de Alcaldía número 2023-2024, de 17 de junio de 2023, se designaron las siguientes concejalías delegadas, con dedicación exclusiva:

  • Dª Empar Martín Ferriols (1a teniente alcalde): 41500€
  • D. Antonio Paniagua Bolufer: 36500€
  • Dª Josefa Carreño Rodríguez: 36500€
  • Dª Encarna Muñoz Pons: 36500€
  • D. Carles Muñoz Sanjuán: 36500€
  • Dª Amparo Sanjuán Albentosa: 36500€
  • Dª Noelia Moreno Lujan: 36500€

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RETRIBUCIONES Y DEDICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN (LEGISLATURA 2019-2023)

El Ayuntamiento Pleno en la sesión celebrada el 26 de noviembre de 2020 se adoptó el siguiente acuerdo:

8. Expediente 5751/2020. No aplicación incremento retribuciones miembros Corporación dedicación exclusiva en año 2021 y asistencias resto concejales por asistencias órganos colegiados.

PRIMERO. No actualizar las retribuciones de los/as miembros de la corporación con dedicación exclusiva durante el año 2021, así como las indemnizaciones que tengan que percibir el resto de concejales por asistencias a reuniones de órganos colegiados.
SEGUNDO. La actualización correspondiente a ese año, en su caso, se efectuará en el año 2022.

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 31 DE AGOSTO DE 2020

Con efectos 10 de julio de 2019, el Alcalde de esta Corporación, Juan Ramón Adsuara Monlleó renunció al régimen de dedicación exclusiva en este Ayuntamiento por haberle sido asignado por Resolución de la Presidencia de la Diputación de Valencia núm. 9419, de 1 de agosto de 2019, como Diputado el régimen de dedicación exclusiva en esa Administración.
Con fecha 24 de agosto de 2020, Juan Ramón Adsuara Monlleó ha manifestado su intención de renunciar a la dedicación exclusiva asignada como Diputado de la Diputación de Valencia, solicitando la recuperación con efectos del día 1 de septiembre de 2020 la que tenía asignada como Alcalde de esta Corporación.
En base a cuanto antecede y en uso de las atribuciones que me concede la legislación vigente, con esta fecha, SE RESUELVE:
Que desde el día 1 de septiembre de 2020, el Alcalde de esta Corporación, Juan Ramón Adsuara Monlleó, recuperará el régimen de dedicación exclusiva con la retribución acordada por el Ayuntamiento Pleno, en la sesión celebrada el día 21 de junio de 2019, es decir, 51.770 € anuales, con las actualizaciones indicadas en el referido acuerdo Plenario.

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El Ayuntamiento Pleno en la sesión extraordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2019, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Modificar el acuerdo adoptado en la sesión de fecha 21 de junio de 2019, en los apartados b) y f) que se especifican y el sentido siguiente:

b) Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones

Incluir al Consejo de la Policía entre los órganos colegiados por los que se percibirá asistencias, de forma que el apartado quede redactado del siguiente tenor literla:

  • Pleno……………………………………… 260€
  • Junta de Gobierno Local ……. 260€
  • Comisiones informativas ……. 180€
  • Consell Local Agrari …………….. 180€
  • Consejo de Policía ……………….. 180€

f) Actualización de retribuciones

De forma que este apartado redactado del siguiente tenor literal:

“Las retribuciones y asistencias se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las retribuciones del personal del Ayuntamiento”.

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El Ayuntamiento Pleno, en la sesión celebrada el día 21 de junio de 2019, ha aprobado el régimen retributivo de los miembros de la Corporación, adoptando el siguiente acuerdo:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación:

De conformidad con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta entidad local establece las siguientes retribuciones:

  • Alcalde (delegación exclusiva) ……………………………………… 51.700 €
  • Teniente alcalde (delegación exclusiva) ……………………….… 35.000 €
  • Seis concejales/as delegados/as (dedicación exclusiva) ….. 33.000 €

b) Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente:

  • Pleno ……………………………………..……. 260 €
  • Junta de Gobierno local………………… 260 €
  • Comisiones informativas …………..…. 180 €
  • Consell Local Agrari …………….………. 180 €
  • Junta Portavoces ……………………….…. 60 €
  • Consejos participativos ………………… 130 €

c) Indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo

Los miembros de las Corporaciones locales percibirán dichas indemnizaciones según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas.

Para tener derecho a percibir indemnizaciones, será necesaria la autorización expresa del presidente de la Corporación para la realización del servicio correspondiente.

Los gastos originados (locomoción, alojamiento y manutención) serán justificados documentalmente y aprobados por el presidente de la Corporación.

La indemnización por kilometraje será la misma que la aplicada al personal de la Corporación.

En cuanto a los gastos por kilometraje, cuando el recorrido fuera por caminos forestales o similares que puedan suponer un deterioro del vehículo utilizado, los importes anteriores se incrementarán en un 50%.

d) Asignación para los grupos políticos:

Teniendo en cuenta el artículo 27 del RD 2568/1986, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3 de la ley 7/1985, se asigna la dotación económica siguiente a los grupos políticos:

  • Por grupo político y año ……………. 5.500 €
  • Por concejal y año ………………….. 950 €

e) Vacaciones

Los miembros de la corporación con dedicación tendrán derecho a vacaciones retribuidas en proporción a su dedicación.

f) Actualización de retribuciones

Las retribuciones se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las del personal del Ayuntamiento.

Visto que mediante Resolución de la Alcaldía número 2019-1437, de 17 de junio de 2019 se designaron las concejalías delegadas, se RESUELVE:

1.- Determinar que los/as concejales/as delegados/as con dedicación exclusiva son los que a continuación se relacionan:

  • Dª Empar Martin Ferriols (1a teniente alcalde) …… 35.000 €
  • Antonio Paniagua Bolufer …………………………………… 33.000 €
  • Dª Josefa Carreño Rodríguez……………………………..… 33.000 €
  • Dª Encarna Muñoz Pons………………………………..……. 33.000 €
  • Eduardo Grau Gascó………………………………………….… 33.000 €
  • Dª Amparo Sanjuán Albentosa………………………..…… 33.000 €
  • Dª Mª Dolores Caballero Reyes…………………………..… 33.000 €

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RETRIBUCIONES Y DEDICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN

El Ayuntamiento Pleno, en la sesión celebrada el día 21 de junio de 2019, ha aprobado el régimen retributivo de los miembros de la Corporación, adoptando el siguiente acuerdo:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación:

De conformidad con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta entidad local establece las siguientes retribuciones:

  • Alcalde (delegación exclusiva) ……………………………………… según asistencias (1)
  • Teniente alcalde (delegación exclusiva) ……………………….… 35.700 €
  • Seis concejales/as delegados/as (dedicación exclusiva) ….. 202.020 €

b) Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones (2)

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía siguiente:

  • Pleno ……………………………………..……. 265,20 €
  • Junta de Gobierno local………………… 265,20 €
  • Comisiones informativas …………..…. 183,60 €
  • Consell Local Agrari …………….………. 183,60 €
  • Junta Portavoces ……………………….…. 61,20 €
  • Consejos participativos ………………… 132,60 €

c) Indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo

Los miembros de las Corporaciones locales percibirán dichas indemnizaciones según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas.

Para tener derecho a percibir indemnizaciones, será necesaria la autorización expresa del presidente de la Corporación para la realización del servicio correspondiente.

Los gastos originados (locomoción, alojamiento y manutención) serán justificados documentalmente y aprobados por el presidente de la Corporación.

La indemnización por kilometraje será la misma que la aplicada al personal de la Corporación.

En cuanto a los gastos por kilometraje, cuando el recorrido fuera por caminos forestales o similares que puedan suponer un deterioro del vehículo utilizado, los importes anteriores se incrementarán en un 50%.

d) Asignación para los grupos políticos:

Teniendo en cuenta el artículo 27 del RD 2568/1986, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3 de la ley 7/1985, se asigna la dotación económica siguiente a los grupos políticos:

  • Por grupo político y año ……………. 500 €
  • Por concejal y año ………………….. 950 €

e) Vacaciones

Los miembros de la corporación con dedicación tendrán derecho a vacaciones retribuidas en proporción a su dedicación.

f) Actualización de retribuciones (3)

Las retribuciones se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las del personal del Ayuntamiento.

Asimismo, mediante Resolución de la Alcaldía número 2019-1437, de 17 de junio se designaron las siguientes concejalías delegadas, con dedicación exclusiva:

  • Dª Empar Martin Ferriols (1a teniente alcalde) …… 35.700 €
  • Antonio Paniagua Bolufer …………………………………… 33.670 €
  • Dª Josefa Carreño Rodríguez……………………………..… 33.670 €
  • Dª Encarna Muñoz Pons………………………………..……. 33.670 €
  • Eduardo Grau Gascó………………………………………….… 33.670 €
  • Dª Amparo Sanjuán Albentosa………………………..…… 33.670 €
  • Dª Mª Dolores Caballero Reyes…………………………..… 33.670 €

(Publicado en el BOP nº 142, de 25 de julio de 2019)                   

(1) En el Pleno de 30 de octubre de 2019 se da cuenta de la renuncia del alcalde, sr. Adsuara Monlleó, a la dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de Alfafar, presentada el día 30 de julio de 2019.

(2)  Acuerdo modificado en el Pleno de 29 de octubre de 2019, en el siguiente sentido:

Incluir al Consejo de Policía entre los órganos colegiados por los que se percibirá asistencias:

(…)

– Consejo de Policía ………………………………………. 183,60 €

(3) Acuerdo modificado en el Pleno de 29 de octubre de 2019, de forma que este apartado queda redactado del siguiente tenor literal:

“Las retribuciones y asistencias se actualizarán cada ejercicio económico en la misma proporción que se actualicen las retribuciones del personal del Ayuntamiento”.


Asignación para los grupos políticos:

Teniendo en cuenta el artículo 27 del RD 2568/1986, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73.3 de la ley 7/1985, se asigna la dotación económica siguiente a los grupos políticos:

Por grupo y año 5.500,00€

Por cada concejal y año 950,00€

La asignación de referencia, se abonará en la cuenta bancaria que determine cada grupo político, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 189.2 del RDLegislativo 2/2004 la aplicación de los fondos percibidos por cada grupo deben ser justificados.

Tal justificación será realizada por la persona que designe cada grupo político, y se realizará con periodicidad anual, en el plazo de un mes desde que se apruebe la liquidación de cada ejercicio. Deberá tener en cuenta las limitaciones del artículo 73.3 de la ley 7/85, sin que puedan aplicarse a remunerar personal de cualquier tipo al servicio de la corporación ni la adquisición de activos fijos de carácter patrimonial.

Dicha asignación económica para los grupos políticos queda sujeta a la obligación de llevar una contabilidad específica que deberán poner a disposición del Pleno de la Corporación siempre que éste lo pida.

SEGÚN ACUERDO DE PLENO EXTRAORDINARIO DE 6 DE JULIO DE 2015 (PÁGINAS 16 A 17)

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